top of page
logotipo sitio_3x.png
6.png

Visas para Irlanda

Ofrecemos asistencia completa para obtener visas en Irlanda, ayudándole a elegir el tipo apropiado: trabajo, estudio o residencia. Nuestro equipo se encarga de recopilar y entregar la documentación necesaria, asegurando un proceso fluido y eficiente. Estamos listos para hacer que su experiencia de vivir y trabajar en Irlanda sea más fácil.

Visas para Irlanda:

  • Visa de corta estancia "C"

Esta categoría permite una estancia de hasta 90 días en Irlanda por turismo, visitas a amigos y familiares, cursos de idiomas de corta duración, boda o tratamiento médico.

  • Visa de larga estancia "D"

Esta modalidad te permite permanecer en Irlanda por más de 3 meses, posibilitando actividades como estudiar, trabajar o reunirte con un familiar, incluido el traslado al país.

Tipos de Visas:

  • Permisos/sellos de residencia en Irlanda:

Sello 0: Te permite permanecer en Irlanda hasta 90 días por turismo, visitas, cursos cortos, matrimonio o tratamiento médico.

Sello 2: Destinado a estudiantes de intercambio o de pregrado, permite trabajar hasta 20 horas semanales durante el periodo académico y hasta 40 horas en meses específicos. Válido por ocho meses, con hasta dos renovaciones, permitiendo hasta siete años de estadía.

Sello 3: Otorgado para trabajo voluntario, actividades religiosas y reuniones de familiares con autorización de trabajo. El tiempo con el Sello 3 cuenta para la naturalización.

Sello 4: Permite la residencia a titulares de permisos de empleo para habilidades críticas, investigadores, refugiados y familiares de ciudadanos irlandeses. El tiempo de residencia cuenta para la ciudadanía.

Stamp 4D: permite a los familiares de ciudadanos del Reino Unido que no pertenecen al EEE residir en Irlanda, incluidos cónyuges, hijos dependientes y padres ancianos.

  • Permisos de trabajo en Irlanda:

Permiso de empleo para habilidades críticas: Permiso de empleo para habilidades críticas: permite a profesionales calificados trabajar en Irlanda en roles de alta demanda. Los requisitos incluyen una oferta de trabajo válida con un salario mínimo de 38.000 € o 64.000 € según el puesto. El candidato debe tener una licenciatura o título equivalente. Después de la concesión, usted recibe el Sello 1, que cuenta para la naturalización, y los miembros de su familia pueden residir con el Sello 1G.

Permiso General de Empleo: Opción para profesionales que no califican para el Permiso de Habilidades Críticas. Requiere oferta de trabajo válida y salario mínimo de 34.000 €. El empleador debe demostrar intentos de reclutar ciudadanos irlandeses o europeos. El trabajador recibe el Sello 1 después del registro, y los familiares pueden residir con el Sello 3 después de 12 meses de contrato.

Permiso de reactivación de empleo: Dirigido a personas fuera del EEE que han perdido su trabajo sin culpa alguna, permitiéndoles volver a trabajar.

Despido: Los titulares de Autorizaciones de Habilidades Críticas y Empleo General tienen pautas específicas para regularizar su situación tras el despido.

  • Conservación de la residencia en Irlanda

En caso de divorcio, un cónyuge extranjero (no europeo) puede conservar el derecho de residencia en Irlanda si cumple ciertos requisitos: haber estado casado durante al menos tres años, residir en Irlanda durante al menos un año, el cónyuge europeo debe tener estado en el país durante el divorcio, el divorcio debe ser reconocido y el no europeo debe estar trabajando o realizando un negocio. Cumpliendo estas condiciones, es posible solicitar la conservación del visado de residencia.

  • Residencia a largo plazo en Irlanda

Si ha residido legalmente en Irlanda con un permiso de trabajo emitido por el Departamento de Empresa, Comercio y Empleo durante al menos cinco años (o 60 meses), puede solicitar un permiso de residencia de larga duración (Sello 4). Si su solicitud es aprobada, su cónyuge y/o dependientes también podrán solicitar Residencia de Largo Plazo, siempre y cuando cumplan con los mismos criterios para residencia legal en el país.

  • Residencia Permanente

Si ha residido en Irlanda durante cinco años o más como miembro de la familia de un nacional del EEE de conformidad con los Reglamentos de la Comunidad Europea (Directiva sobre la libre circulación de personas 2004/38/CE) y los Reglamentos de 2015, o como miembro de la familia de es ciudadano del Reino Unido y ha cumplido con todos los requisitos legales establecidos en el Reglamento del Acuerdo de Retirada de la Unión Europea (Derechos de los Ciudadanos) de 2020, puede solicitar un Tarjeta de Residencia Permanente (Sello 4), válida por diez años.

¡Estamos aquí para ayudarte!

Si necesita asesoramiento legal internacional o quiere saber más sobre nuestros servicios, por favor contáctenos.

rodape logo bianca sousa.fw.png

+353 83 388 6346

 

+351 916 076 936

 

Correo electrónico: info@bslawsolutions.com

 

Instagram: @bslawsolution

© 2024 Todos los derechos reservados. Licenciada Bianca Sousa LAW SOLUTIONS - Asesoría Jurídica Internacional.

Abogado Internacional - Brasil y Portugal Brasil OAB/BA 45760 Portugal OA 62534L

Consultoría de Inmigración - Irlanda CRO 750488. Diseño de Studio Rael .

bottom of page